Canal de Denuncias de Cecosam
Este canal se crea en virtud de la ley 2/2023 de 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
El Canal de Denuncias podrá ser utilizado por informantes que trabajen en CECOSAM, entidades y organismos dependientes y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional, comprendiendo, en todo caso, a las personas que tengan la condición de empleados público o trabajadores por cuenta ajena, y cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores de CECOSAM y sus entidades dependientes.
Ámbito material de aplicación son cualesquiera acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave especialmente las que impliquen quebranto económico para la Hacienda pública y para la seguridad social así como cualesquiera otras acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la directiva UE 2019/1937 del Parlamento europeo y del consejo de veintitrés de octubre de 2019 y aquellas que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea coincidan en el mercado interior.
También podrá utilizarse por los informantes que comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como a aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.
Pueden acceder al sistema interno de información en el enlace https://canaldenunciascecosam.cordoba.es pulsando Canal de denuncias CECOSAM o mediante este código QR